5.1.1 Peligros agudos y la seguridad del operador

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ofrece un sistema reconocido internacionalmente para clasificar el peligro agudo de los plaguicidas. Se agrupan en función de su dosis letal media (LD50), desde la Clase I (la más tóxica) hasta Sin clasificar (poco probable que cause daños), delimitándose cada clase por un intervalo de dosis 10 veces superior (en mg/kg de peso corporal).

El sistema de la OMS reconoce un riesgo 4 veces menor en las formulaciones sólidas que en las líquidas. Esta clasificación ha sido ampliada por la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), que también reconoce los efectos de la inhalación, la sensibilización ocular y la cutánea. Ambas clasificaciones deberían basarse en las formulaciones (siempre que se disponga de dicha información), pero, por desgracia, a menudo es difícil obtener información detallada sobre productos concretos, por lo que muchos asientos del Manual de Plaguicidas [5] se estiman a partir de valores de IA. Los países miembros de la UE evalúan cada producto caso por caso y, en caso necesario, le asignan uno de los nueve símbolos de riesgo y un gran número de frases de riesgo asociadas [1]; este sistema también ha sido adoptado por la Organización Internacional del Trabajo.
 

i. Clasificación de la Organización Mundial de la Salud (OMS)

Class   Sólidos Oral Sólidos Dérmico Líquidos Oral Líquidos Dérmico
Ia Sumamente peligroso <= 5 <= 10 1.75 (1.71) III
Ib Muy peligroso 6-50 11-100 21-200 41-400
II Moderadamente peligroso 51-500 101-1000 201-2000 401-4000
III Poco peligroso >= 501 >= 1001 >= 2001 >= 4001
(U) Poco probable que presente un peligro agudo >= 2000 - > 3000 -

(LD50 en ratas mg/kg de peso corporal: de las formulaciones para las que se dispone de información)
 

ii. El sistema de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA)

Class Todas las formulaciones: DL50 (mg/kg)   Inhalación: CL50 (mg/l) Efectos oculares Efectos cutáneos
  Oral Dérmico      
I <= 50 <= 200 <= 2 Corrosivo, opacidad corneal no reversible en 7 días Corrosivo
II 51-500 201-2000 0.2-2 Opacidad corneal no reversible en 7 días, irritación persistente durante 7 días Irritación grave a las 72 horas
III 501-5000 2001-20,000 2-20 Sin opacidad corneal, irritación reversible en 7 días Irritación moderada a las 72 horas
IV > 5000 > 20,000 > 20 Sin irritación Irritación leve o ligera a las 72 horas

En algunos países, la clasificación de la toxicidad se ilustra con una franja o triángulo de color que indica la peligrosidad del producto. Esto es una idea excelente, pero desgraciadamente no es universal.

En resumen, para los agricultores y operarios que no tienen acceso a un buen equipo de protección, la regla de oro debería ser:

Class peligroso handling
Plaguicidas de la clase I sumamente/ altamente peligroso NO USAR
Plaguicidas de la clase II moderadamente peligroso tener mucho cuidado
Plaguicidas de la clase III poco peligroso tener cuidado
Plaguicidas no clasificados / Clase IV improbable que sea peligroso aun así, tener cuidado

Algunos grupos de presión, entre ellos la Promotora Mundial de MIP (apoyada por la FAO y otras organizaciones que trabajan con Escuelas de Campo para Agricultores) han sugerido que los productos de las clases I y II deberían retirarse del uso general, ya que es poco probable que los pequeños agricultores utilicen equipos de protección individual (EPI) adecuados. Con el desarrollo de nuevos productos insecticidas, ahora son muy pocos los casos en los que puede justificarse el empleo de plaguicidas de la clase I, y menos aún para los problemas a los que se pueden enfrentar los pequeños agricultores. Sin embargo, podrían surgir complicaciones si se retiraran inmediatamente todos los productos de la clase II. Este es el caso sobre todo de los insecticidas, cuando a menudo son necesarias estrategias de gestión de la resistencia que implican el uso alterno de distintos grupos de compuestos. Por lo tanto, una restricción/retirada escalonada de los compuestos más peligrosos podría ser más apropiada, antes de que se disponga de productos más seguros.

El Reglamento (CE) nº 1272/2008 [2], del Parlamento Europeo y del Consejo, establece una base armonizada de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas; incluye, por ejemplo, los pictogramas a los que nos hemos referido. Las Directivas originales a las que sustituyó: 67/548/CEE y 1999/45/CE fueron derogadas el 1 de junio de 2015 y también se modificó el Reglamento (CE) nº 1907/2006 [3], relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) y por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos. Al igual que ocurre con los IA, las listas de sustancias restringidas de REACH se actualizan periódicamente con ajustes en los anexos: una revisión reciente se produjo en 2021 [4].

[2] CE 1272/2008 de16 Deciembre 2008:   https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2008/1272/oj (accessed 20/6/2015)

[3] Reglamento 1907/2006 relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de  las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la  Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos,of 18 December 2006: www.eur-lex.europa.eu/legal-content/en/TXT/?uri=CELEX:32006R1907 (accessed 20/6/2015

[5] ICCO Quarterly Bulletin of Cocoa Statistics. Volume XLVII No.2, Cocoa Year 2020/21